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PASAPORTES



El pasaporte es un documento de viaje y de identidad. Su emisión/renovación es de competencia de la Oficina Consular de la Embajada de la Circunscripción en la cual el ciudadano italiano es residente.

En realidad, para residir y viajar en los Países de la Unión Europea es suficiente la "carta d'identita'" (carnet de identidad) válida para expatriar, emitida por la Municipalidad de inscripción el en "AIRE - Anagrafe Italiani Residenti all'Estero" (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero) en Italia. Sin embargo, es aconsejable tener un pasaporte además de la "carta d'identita'" (tarjeta de identidad) válida.

DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR PASAPORTE ITALIANO

Para la emisión del pasaporte es necesario presentarse a la Oficina de Pasaportes de la Circunscripción Consular en la cual el ciudadano italiano es residente,  para los italianos residente en el Perú, ante la Cancillería Consular de esta Embajada previa cita "on line", con la siguiente documentación:

formulario de solicitud de pasaporte firmado por el interesado;

D.N.I., documento de identidad en original y fotocopia simple;

dos fotografías recientes (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco);

"carnet de extranjería" o un documento que justifique la residencia efectiva en la Circunscripción en original y fotocopia simple, en caso de ser extranjero en el Perú;

pasaporte italiano anterior, en caso de tenerlo, o denuncia de pérdia/robo del mismo, si es el caso;

para aquel que tiene doble ciudadanía: pasaporte peruano vigente con fotocopia simple (sólo la primera vez que solicita el pasaporte italiano si se trata de mayores de edad, siempre si se trata de menores de edad);

la presencia de los menores es siempre necesaria.

(Nota importante.- Para que un ciudadano italiano residente en el extranjero obtenga el pasaporte, es necesario que resulte inscrito en el "A.I.R.E. - Anagrafe Italiani Residenti all'Estero" (Registro de los Italianos Residentes en el Extranjero) de alguna Municipalidad italiana.

Un ciudadano italiano puede solicitar la emisión/renovación de un pasaporte ante una jurisdicción consular en la cual no es residente, pero en este caso tiene que esperar el "NULLA OSTA" (autorización) de la Oficina (Embajada, Consulado Italiano o Comisaría italiana) competente de conformidad al área donde el titular reside.

Un pasaporte ordinario, en efecto, puede ser renovado también antes de su vencimiento y dentro y no después de pasados 6 meses desde la fecha de su vencimiento.

 

VALIDEZ DE LOS PASAPORTES

De conformidad con las nuevas normas, los pasaportes emitidos a partir del 4 de febrero de 2003 tienen una validez de 10 años (contrariamente a los cinco años de vigencia anteriores) y no pueden ser renovados despuós de su vencimiento.

Los pasaportes ordinarios emitidos con una validez de 5 años antes del 4 de febrero de 2003, y aún válidos, pueden ser renovados por un período total no superior a los 10 años contados desde la fecha de su emisión.

Para la renovación del pasaporte es necesario presentarse personalmente previa cita "on line" (tomar una cita) ante la Oficina Consular de esta Embajada con la siguiente documentación:

formulario de solicitud de pasaporte firmado por el interesado;  

pasaporte vencido;

D.N.I. o documento de identidad en original y fotocopia simple.

dos fotografías recientes (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco);
 
 "carnet de extranjería" o un documento que justifique la residencia efectiva en la Circunscripción en original y fotocopia simple

1. Si el menor tiene menos de 16 años, puede ser incluido en el pasaporte paterno o materno. Para la inclusión del menor en el pasaporte de uno de los padres es necesario presentarse a la Cancillería Consular de la Embajada previa cita con la siguiente documentación:

- solicitud disponible en la Cancillería Consular de la Embajada (o descargarla aquí) firmada por ambos padres o por uno de ellos con el "atto di assenso" (autorización) del otro progenitor. El "atto di assenso" es una declaración personal que el progenitor puede suscribir utilizando el formulario disponible en la Cancillería Consular de la Embajada o, siempre y cuando sea ciudadano italiano,  redactándolo en forma de auto-certificación siempre adjuntando fotocopia simple de su documento de identidad;

dos fotografías recientes del menor (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco); sólo si el menor tiene menos de 10 años.


(Nota.- Si el menor ha nacido en el extranjero, para inscribirlo en el pasaporte de sus padres es necesario haber presentado su partida de nacimiento, debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, traducida al italiano y con fotocopia simple de la partida y de la traducción);

· también los menores de 16 años pueden tener su pasaporte individual: es altamente aconsejable que los menores de 16 años tengan sus pasaportes individuales, teniendo en cuenta que algunos países (como los Estados Unidos de Norteamérica) disponen que el beneficio de la exoneración de la vista para los menores esté supeditada a varias condiciones, entre las cuales aquella di poseer un pasaporte individual.

2. Si los menores ya han cumplido los 16 años, pueden obtener su propio pasaporte. Para la emisión del pasaporte es necesario presentarse a la Cancillería Consular de la Embajada previa cita con la siguiente documentación:

solicitud disponible en la Cancillería Consular de la Embajada (o descargarla aquí) firmada por ambos padres o por uno de ellos con el "atto di assenso" (autorización) del otro progenitor. El "atto di assenso" es una declaración personal que el progenitor puede suscribir utilizando el formulario disponible en la Cancillería Consular de la Embajada o, siempre y cuando sea ciudadano italiano,  redactándolo en forma de auto-certificación siempre adjuntando fotocopia simple de su documento de identidad;

dos fotografías recientes del menor (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco).


(Nota.- Si el menor ha nacido en el extranjero, para inscribirlo en el pasaporte de sus padres es necesario haber presentado su partida de nacimiento, debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, traducida al italiano y con fotocopia simple de la partida y de la traducción).

En el caso que uno de los progenitores se niegue a firmar la autorización (“atto di assenso”) para la emisión del pasaporte para el hijo menor o para la inscripción del mismo en el pasaporte de uno de los padres, es necesario que el progenitor que lo autoriza se presente a la Cancillería Consular de la Embajada – previa cita on line – portando una carta suscrita en la cual explique los motivos por los cuales el otro progenitor ne niega a presentarse conjuntamente para firma del “atto di assenso”. En dicha carta deben estar indicados la dirección completa y los eventuales teléfonos del progenitor que no ha autorizado.

En el caso que los motivos para negarse no sean justificados, el Embajador, con un Decreto, puede autorizar de oficio la emisión/renovación del pasaporte para el menor o su inscripción en el pasaporte del otro progenitor.


Robo o pérdida del pasaporte (para residentes en el extranjero)

Es necesario que el ciudadano italiano se presente a la Cancillería Consular de la Embajada con la siguiente documentación:

denuncia de robo o de pérdida del pasaporte efectuada ante la competente Autoridad local;

solicitud de renovación del pasaporte firmada por el interesado (descargar aquí);

D.N.I. o “carta d'identità” (documento de identidad) en original y con fotocopia simple;

dos fotografías recientes (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco);  

"carnet de extranjería" o un documento que justifique la residencia efectiva en la Circunscripción en original y fotocopia simple

 

Robo o pérdida del pasaporte (para NO residentes en extranjero)

En caso que el ciudadano italiano se encuentre en una situación de emergencia (por ejemplo un turista de tránsito que tiene que viajar de inmediato y pierde o le roban el pasaporte) y no tenga tiempo para solicitar a la “Questura” (Comisaría) o al Consulado que ha emitido el documento perdido el “NULLA OSTA” (autorizació) para la emisión de un nuevo pasaporte, la Embajada le emite un documento llamado "Documento di Viaggio" (Salvaconducto) válido sólo para reingresar a Italia. Para obtenerlo, es necesario presentarse a la Oficina Consular de la Embajada con la siguiente documentación:

denuncia de robo o de pérdida del pasaporte efectuada ante la competente Autoridad local de Policía;

dos fotografías recientes (iguales, de frente, a colores, con fondo blanco);

boleto aéreo original, con la fecha de viaje confirmada


NECESARIO PARA TODOS AQUELLOS QUE TENGAN HIJOS MENORES DE EDAD



IMPORTANTE: El que solicita la emisión o renovación de su pasaporte, o la inscripción de un hijo menor de 16 años en el mismo documento de viaje, necesita, necesariamente, el consentimiento ("atto di assenso") del otro progenitor que, por consiguiente, deberá estar físicamente presente en el momento de solicitar el pasaporte al momento de empezar dicho tramite en nuestras ventanillas.

EL CONSENTIMIENTO ES SIEMPRE NECESARIO. AÚN SI NO SE SOLICITA EL PASAPORTE PARA LOS HIJOS MENORES O LA INSCRIPCIÓN DE ELLOS EN LOS PASAPORTES DE LOS PADRES, AMBOS PADRES DEBERÁN FIRMAR LA SOLICITUD DE EMISIÓN/RENOVACIÓN.

Si el progenitor que tiene que firmar el "atto di assenso" no es ciudadano italiano y no se encuentra en el Perú, o si se encuentra en un País diferente del cual se solicita el pasaporte, deberá ir a la Embajada o Consulado de Italia (si se encuentra en el exterior) o a la Questura del lugar de residencia (si se encuentra en Italia) para firmar dicho documento. Este documento en original será así presentado a nuestras ventanillas por la persona que solicita el pasaporte. Si por algún motivo, no es posible obtener dicha autorización, será necesario acercarse a las ventanillas de la Embajada  para recibir instrucciones al respecto.


El pasaporte se recoge, de lunes a viernes - menos jueves - de 09:00 a.m. a 10:00 a.m.

FOTOS y FOTOCOPIAS


Se comunica que, para facilidad de los usuarios que lo soliciten, esta Embajada ha autorizado a un fotógrafo a brindar el servicio de tomar fotos para pasaporte, dentro de la sala de espera. También brinda el servicio de fotocopias.

Se hace presente que dicho servicio es privado.

Solicitar cita para pasaporte (emisión, renovación, inscripción de menores)
Tasa sobre el pasaporte: cuánto y cómo pagar
Solicitud de pasaporte (bilingue)
Formulario para el "Atto di Assenso"
 (consentimiento o autorización)
Formulario para la autorización de viaje de un menor no acompañado por sus padres
Formulario de denuncia por pérdida/robo del pasaporte
Pasaportes de lectura óptica - Circular del 27 de junio de 2003
Pasaportes con foto digital - Circular del 25 de octubre de 2005
Pasaportes Electrónicos o Biométricos - Comunicado del 12 de octubre de 2006

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